La percepción del impuesto general a las ventas (IGV), es un régimen legal por el que se designa a ciertas empresas como “agentes de percepción”. Cuando esas empresas venden ciertos bienes especificados por ley, están obligadas a agregar a sus facturas de ventas un cargo o “percepción” que va de 0.5% a 2% del precio de venta. Los compradores están obligados a pagar la percepción.
Los agentes liquidan las percepciones en su declaración mensual de IGV. Para los compradores, las percepciones pagadas constituyen un pago adelantado de su IGV.
Ejemplo:
La empresa ABC es agente de percepción. El producto XYZ está sujeto a una percepción del 2%. Una venta de 50,000 soles de dicho producto se facturaría de la siguiente manera:
Valor de venta | 50,000 |
IGV (18%) | 9,000 |
Precio de venta | 59,000 |
Percepción (2%) | 1,180 |
Total a cobrar | 60,180 |
Referencia: Ley No. 29173 Régimen de Percepciones del Impuesto General a las Ventas