El 26 de junio de este año, el Consejo de Normas Internacionales de Sostenibilidad (ISSB, por sus siglas en inglés), ha publicado los dos primeros estándares, NIIF S1 y S2, orientados a la divulgación de información financiera relativa a la sostenibilidad, el cambio climático y a hacer énfasis en el enfoque de riesgos asociados, que entrarán en vigor para los períodos que comiencen a partir del 1 de enero de 2024.
NIIF S1. El propósito principal de esta norma es la divulgación transparente de información relacionada con los riesgos y oportunidades relativos a la sostenibilidad de una empresa en cuanto a las políticas y prácticas que ha implementado sobre asuntos de impacto ambiental, social y de gobernanza y su impacto en la rentabilidad y reputación, en el tiempo. El objetivo ulterior es que inversionistas, entidades prestamistas y otros interesados tomen decisiones más informadas y responsables respecto del desempeño financiero y sostenible de una entidad.
Esta norma se basa en cuatro pilares:
Materialidad. Las entidades deben revelar información financiera relacionada con la sostenibilidad, que sea significativa y potencialmente influyente en las decisiones de los usuarios de la información financiera en la toma de decisiones económicas.
Evaluación de riesgos y oportunidades. La información a revelar debe ayudar a las entidades a identificar y evaluar los riesgos y oportunidades relacionados con la sostenibilidad, en asuntos de riesgos ambientales, sociales y de gobernanza.
Relevancia financiera. La información financiera a revelar debe ser capaz de afectar las evaluaciones y decisiones económicas de los usuarios de los estados financieros.
Confiabilidad. La información financiera debe estar soportada por datos objetivos y verificables, con los atributos de precisión, integridad y transparencia.
NIIF S2. El objetivo de esta norma es la divulgación de los riesgos físicos y de transición asociados con el clima, así como la capacidad de una entidad para adaptarse a los cambios normativos y de regulación y los probables impactos financieros y no financieros, promoviendo una gestión responsable y sostenible de las entidades en el contexto del cambio climático.
Esta norma se basa en tres pilares:
Identificación y evaluación de riesgos y oportunidades relacionados con el clima. Las entidades deben evaluar y divulgar los riesgos y oportunidades que el cambio climático puede tener en sus operaciones y resultados financieros, incluyendo los riesgos asociados con la volatilidad de los precios de los recursos naturales, cambios en las políticas gubernamentales o la demanda de productos relacionados con el clima, entre otros.
Medición y cuantificación de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI). Las entidades deben medir y divulgar sus emisiones de GEI, así como cualquier objetivo o estrategia relacionada con la reducción de estas emisiones.
Evaluación de la resiliencia y adaptabilidad al cambio climático. Las entidades deben divulgar de qué manera están evaluando y enfrentando los riesgos físicos y de transición, así como su capacidad para adaptarse a las variaciones en la regulación relacionada con el clima.
La implementación de estas normas requiere decisiones del Gobierno Corporativo y cambios en la cultura organizacional para la aplicación de estrategias en aspectos ambientales, procesos, líneas de acción, mediciones y reportes, así como asignación de recursos económicos para tales fines. Hay que tener en cuenta que las revelaciones de las entidades que las reportan pueden impactar en las tarifas y decisiones que tomen los bancos y empresas de seguros al momento de cotizar sus servicios.
Consideramos de suma importancia incluir en la información financiera revelaciones relacionadas con la prevención, acciones mitigantes y efectos económicos probables en las actividades de una entidad por el cambio climático.